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jueves, 14 de noviembre de 2013

El Foro ASEAMAC 2013 impulsa el sector de alquiladores de maquinaria


La cita ha sido un punto de encuentro para el colectivo del alquiler de maquinaria en España. La jornada se dividió entre tres sesiones de conferencias y varios momentos en los que se pudo visitar la zona de expositores e intercambiar impresiones con otros profesionales.

En una situación económica adversa como la actual es, si cabe, más necesario trabajar en colaboración entre todos los actores -empresas alquiladoras de maquinaria, fabricantes y proveedores de servicios y Administración- para superar aquellos retos que son comunes a todas las empresas que forman parte de este sector.

Con este objetivo, la Asociación Española de Alquiladores de Maquinaria (ASEAMAC) convocó a los profesionales del alquiler de maquinaria al Foro ASEAMAC 2013 que se celebró el pasado 23 de octubre, en el Hotel NH La Habana de Madrid.

El Foro de ASEAMAC es un encuentro anual del colectivo del alquiler de maquinaria, una cita para intercambiar impresiones, compartir buenas prácticas y establecer nuevas relaciones con otros profesionales del sector. El valor de este tipo de encuentros se fundamenta en que las empresas del sector puedan intercambiar experiencias, buenas prácticas o debatir sobre problemas comunes entre profesionales.

Además, las sesiones de conferencias ofrecen la posibilidad de conocer, de la mano de expertos, cómo afrontar los retos que se les presentan en materia de legislación, normativa, formación o prevención de riesgos.

La jornada estuvo dividida entre tres sesiones de conferencias, una mesa redonda y varios momentos de descanso en los que los asistentes pudieron visitar la zona de expositores e intercambiar impresiones con otros colegas.

ASEAMAC y Encuentro CONFALQ

El día después del Foro, ASEAMAC celebró su Asamblea General en las instalaciones del Hotel NH La Habana. Al finalizar la Asamblea General, los miembros participaron en el Encuentro de Asociación de CONFALQ, la Confederación del Alquiler. Confederación de la que es miembro fundador y en la que también participaron las asociaciones ANAPAT, Asociación Nacional de Alquiladores de Plataformas Aéreas de Trabajo, y FANAGRUMAC, la Agrupación Nacional de Asociaciones de Alquiladores e Instaladores de Grúas-torre y Maquinaria para la Construcción.  

Sesión de conferencias 1
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• “Nueva normativa sobre el transporte de equipos o maquinas con depósito de combustible”, presentada por Javier Sáez de KEMLER.
La primera conferencia de la jornada la pronunció Javier Sáez de la empresa KEMLER. Sáez expuso en su ponencia sobre “Nueva normativa sobre el transporte de equipos o maquinas con depósito de combustible”, cuáles son los requisitos legales y medidas de seguridad que una empresa debe tomar si transporta equipos o maquinaria con depósito de combustible.
Sáez hizo hincapié en el correcto etiquetado y el cumplimiento de las medidas de seguridad relativas a los depósitos de combustible. Si la capacidad del depósito excede los 60 litros se deberán colocar 3 etiquetas de carga peligros y 1 etiqueta de “peligro para el medioambiente”.
Las etiquetas deben tener diferente tamaño y posición en el depósito, dependiendo de la capacidad del mismo: 60-450 litros, 450-1.500 litros y más de 1.500 litros.
Otro de los temas tratados en la ponencia fue la figura del Consejero de Seguridad, necesario en aquellas empresas que reciben gasóleo en cantidades superiores a los 1000 litros por descarga.

• “Gestión de seguros en el alquiler de maquinaria ¿Cuáles son obligatorios y cuáles recomendables?”, presentada por Ángel Mínguez de FILHERT ALLARD.
La sesión continuó con la ponencia “Gestión de seguros en el alquiler de maquinaria”, a cargo de Ángel Mínguez de la empresa FILHERT ALLARD.
Mínguez abordó el tema de los seguros obligatorios y recomendados en el alquiler de maquinaria. Asimismo, asesoró a los asistentes sobre qué tipo de pólizas y coberturas contratar, cómo asegurar sus bienes si van a trabajar en el extranjero o cómo cubrir sus riesgos otros campos relacionados con la actividad.
Dentro del ámbito de seguros de contratación obligatoria en el alquiler de maquinaria se encuentra el Seguro de Circulación, mientras que en el ámbito de los no obligatorios, pero recomendables, están; el Seguro de Responsabilidad Civil, el Seguro de Avería de maquinaria, el Seguro de Daños Materiales, el Seguro de Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos, el Seguro de Protección de Datos, entre otros.

Sesión de conferencias 2
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“Novedades en la gestión empresarial: Proyecto de aplicación del criterio de caja en el IVA y deducibilidad de la retribución a administradores en el impuesto de sociedades, por José Luis Muñiz de AGRUAS-ANAGRUAL.
La segunda sesión empezó a las 12:00 horas con la intervención de José Luis Muñiz de AGRUAS- ANAGRUAL. Muñiz trató “la aplicación del criterio de caja en el IVA y deducibilidad de la retribución a administradores en el impuesto de sociedades”.
El nuevo criterio de caja respecto al IVA se prevé que entre en vigor a partir del 1 de enero de 2014, cuando el Gobierno apruebe la posibilidad de no ingresas en IVA hasta que la factura no haya sido abonada.
Explicó los problemas de deducibilidad de la retribución a administradores en el Impuesto de Sociedades. “Ahora mismo hay determinadas empresas que en sus escrituras de constitución figura que el cargo de administrador no está retribuido y luego, al retribuirlo e intentar deducir dicha retribución, se encuentran con la negativa de Hacienda”, comentó.

• “Formación del usuario de la maquinaria alquilada: Marco normativo, obligaciones del alquilador y responsabilidades jurídicas en caso de accidente”, por Rafael Martínez de la Subdirección de Trabajo y Seguridad Social (Ministerio de Empleo y Seguridad Social).
En este encuentro también tuvo un papel muy importante la formación de los usuarios de maquinaria y la prevención de riesgos laborales.
Rafael Martínez de la Subdirección de Trabajo y Seguridad Social (Ministerio de Empleo y Seguridad Social) presentó el marco normativo existente en materia de formación, prevención de riesgos, obligaciones del alquilador y responsabilidades jurídicas en caso de accidente.
Martínez presentó algunos casos en los que se había producido algún accidente laboral en el que estaba implicado el uso de maquinaria pesada. El representante de la Administración destacó la importancia que tiene la formación de los operarios en el uso de la maquinaria, sobre todo en el campo de la prevención de riesgos laborales.

Sesión de conferencias 3
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• “Impuestos en maquinaria del alquiler: hidrocarburos y generación de energía: Marco normativo, obligaciones del alquilador, posicionamiento de las AAPP y posibles sanciones”, por Juan J. Blanco de KPMG.
La actividad del alquiler de maquinaria, como cualquier otra actividad económica, está sujeta a una serie de impuestos. En el caso de los profesionales del sector del alquiler tiene especial incidencia el Impuesto sobre Hidrocarburos.
Sobre este tema, Juan J. Blanco de la consultora KPMG repasó cuáles son las obligaciones del alquilador y las posibles sanciones a las que se puede enfrentar si no cumple con la normativa.
Actualmente, el Impuesto sobre Hidrocarburos es de 307 euros por 1.000 litros de tipo general y 24 euros por 1.000 litros de tipo especial. A dicho tipo estatal, habrá que adicionar el tipo específico que hayan aprobado cada una de las diferentes Comunidades Autónomas.
Blanco expuso los requisitos normativos y leales que existen para el uso de gasóleo bonificado y en qué situaciones las empresas de alquiler pueden hacer uso del mismo. Así como las repercusiones fiscales que tiene.
En el caso del alquiler de equipos electrógenos, además del impuesto sobre hidrocarburos, el alquilador puede que también tenga que hacer frente al pago del impuesto sobre la electricidad. Blanco explicó en qué casos puede darse este supuesto y cómo hacer frente a su liquidación si tuviera que abonarse.

• “Gestión de la información y protección de datos (LOPD)”, por Andrés Veyrat de MANACA CONSULTING.
Otro tema abordado durante la jornada fue la “Gestión de la información y protección de datos (LOPD)”, a cargo de Andrés Veyrat de la empresa MANACA CONSULTING.
Veyrat expuso el ámbito de aplicación de la Ley de Protección de Datos (LOPD) para las empresas de alquiler, qué datos están incluidos en la ley, cuáles tienen una especial protección y cuáles están excluidos.
Como regla general, a la hora de recabar los datos es necesario obtener el consentimiento informado y consciente (consentimiento inequívoco) del interesado, salvo en los casos expresamente tasados por la ley.
El consentimiento, salvo cuando el tratamiento se refiera a los datos especialmente protegidos, podrá obtenerse de forma expresa o tácita, es decir, tanto como consecuencia de una afirmación específica del afectado en ese sentido, como mediante la falta de una manifestación contraria al tratamiento.
El ponente hizo especial hincapié en aquellos datos que están “especialmente protegidos” por la legislación, en qué casos se puede dar la cesión de datos y acceso a datos por cuenta de terceros.
La LOPD establece que quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal (recogida, grabación, consulta, acceso, consulta de expedientes, gestión, etc...) están obligados al secreto profesional sobre los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aún después de finalizar sus relaciones con el Responsable.